Conep pide una tasa única de impuesto de bien inmueble
Actualizado 2017/08/28 16:54:58
- Redacción/@panamaamerica
El grupo empresarial plantea que que en un reglón señale que las fincas residenciales con valor catrastral inferior a B/.120,000.00 serán exoneradas del pago del impuesto y el segundo renglón establezca una tasa única de 0.5%. para fincas residenciales y una tasa máxima de 0.7% para fincas industriales y/o comerciales.
El Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), propone simplificar las dos tablas progresivas combinadas que propone el Ministerio de Economía y Finanzas para la exoneración de impuesto a una sola tabla.
El grupo empresarial plantea que que en un reglón señale que las fincas residenciales con valor catrastral inferior a B/.120,000.00 serán exoneradas del pago del impuesto y el segundo renglón establezca una tasa única de 0.5%. para fincas residenciales y una tasa máxima de 0.7% para fincas industriales y/o comerciales.
Además incorporar en la ley, una metodología apropiada para calcular el valor catastral de las fincas de acuerdo a características medibles como lo son la oferta, la localización, uso,
densidad, tamaño, topografía, frente, drenaje, forma, fondo, características ambientales y sociales.
En cuanto a la situación de las empresas, piden mantener las exoneraciones dadas a las zonas francas, el área económica especial de Panamá Pacífico y a la Zona Libre de Colón, ya que eliminarlas mandaría un mensaje negativo a inversionistas nacionales e internacionales.
En cuanto a la industria de la construcción, ellos señalan que se debe mantener el incentivo a primera vivienda, de forma que no se desacelere más la misma, ni se le quite el derecho a panameños jóvenes o nuevas parejas que quieran tener su primera vivienda. Además, siendo que la Ley entraría a regir el 1 de enero de 2019, no es necesaria una renta sustitutiva.
Los empresarios también proponen que al comprar un bien inmueble por medio de préstamo hipotecario, el banco emisor del préstamo realice el registro y control de las propiedades en la Dirección General de Ingresos (DGI), como parte de los servicios adicionales que brinda y cobra al prestatario, y que ayudará a actualizar de forma constante la base de datos de la DGI.
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.