Bancos no incluirán impuesto de inmueble en la letra de los préstamos
Los bancos no se harán responsables si el contribuyente pago más o menos, ya que ellos solo van a cobrar lo que la Dirección General de Ingresos (DGI) les diga.
- Clarissa Castillo
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- - Actualizado: 12/12/2018 - 12:58 pm
El presidente de la Asociación Bancaria de Panamá (ABP) Carlos Eduardo Troetsch, aclaró en el noticiero matutino de Telemetro Reporta que los bancos no incluirán el cobro del impuesto de inmueble en las letras de los préstamos.
Troetsch, comentó que referente al Decreto 362 del 29 de noviembre que reglamenta el mecanismo de retención, les preocupa el poco tiempo que hay ya que el proceso empieza en enero de 2019.
Señor contribuyente, conozca cómo solicitar su Número de Identificación Tributario (NIT) ingresando al enlace https://t.co/XWOiSMyjtx pic.twitter.com/rXhGh9bnLH— Ministerio de Economía y Finanzas (@MEFPANAMA) 12 de diciembre de 2018
"Una cuenta para este tipo de pagos toma un tiempo y hay una serie de informaciones que se deben validar ya que a veces los números de las fincas no coinciden con el Registro Público y debemos llegar a un acuerdo para que se den los plazos", indicó.
Adicional a esto, el presidente de la ABP, señaló que los cálculos no cubren la operación permanente, por lo que tendrán que disponer de más personal.
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Estaremos dictando Jornadas de Docencia a nivel Nacional en los temas de Moratoria, Patrimonio Familiar Tributario o la Vivienda Principal y los Agentes de Retención del Impuesto de Inmuebles. pic.twitter.com/80xipMwUkt— DGI_PANAMA (@DGI_Panama) 12 de diciembre de 2018
Los bancos y demás entidades bancarias tienen que hacer adecuaciones y adaptar el sistema operativo de los bancos para la nueva función de recolección de ingresos. Por el momento, los bancos se mantienen en comunicación con el Ministerio de Economía y Finanzas para que se les de el tiempo suficiente para poder realizar el cobro.
El contribuyente tiene que solicitar a su entidad bancaria una cuenta especial ya sea corriente o de ahorro para el pago del impuesto de inmueble.
La obligación que tienen los bancos es presentar a la DGI, la información de todos aquellos préstamos hipotecarios de segunda residencia que tengan el número de la finca, el RUC. De manera que la DGI pueda procesar la información y avisar a los bancos cuánto debe pagar cada contribuyente.
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"Los bancos se limitarán a lo que la ley dice pero no son responsables si pago más o menos. van a debitar lo que las DGI les diga será responsabilidad del contribuyente tener los fondos necesarios", expresó Troetsch.
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