Asep sanciona a empresas por apagón
Se advirtió que las empresas sancionadas deben notificar a la ASEP sobre la entrega de multas a sus respectivos clientes.
- Redacción/@PanamaAmerica
- - Actualizado: 01/5/2017 - 11:20 am
La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) resolvió sancionar a tres empresas generadoras, tres de distribución, la Empresa de Transmisión Eléctrica y al Centro Nacional de Despacho por el incumplimiento a las normas vigentes en materia de electricidad, producto del apagón nacional ocurrido en Puerto Gago, provincia de Coclé, el 25 de febrero de 2013.
De acuerdo con la Resolución No. 11009 de 6 de marzo de 2017, la ASEP resolvió sancionar a estas empresas por un monto total de 2 millones 250 mil dólares, fraccionado en 250 mil dólares para cada empresa y 500 mil dólares para el Centro Nacional de Despacho (CND).
La medida establece multar a las empresas de generación AES Changuinola, S.A., AES Panamá, S.A. y ENEL Fortuna, S.A. por la suma de 250 mil dólares; a las empresas de distribución Elektra Noreste, S.A. (ENSA), Empresa de Distribución Metro Oeste, S.A. (EDEMET) y Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. (EDECHI) por 250 mil dólares; a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) por 250 mil dólares; y al Centro Nacional de Despacho por 500 mil dólares.
El apagón, que se registró a las 2:47 p.m. del 25 de febrero de 2013 con una duración de cuatro horas y 10 minutos, afectó el Sistema Interconectado Nacional (SIN), provocando una interrupción total del suministro eléctrico en la república de Panamá.
Luego de suscitado el evento, la ASEP inició de oficio las diligencias respectivas que llevaron a la inspección in situ del área en que se encuentran las líneas de transmisión, contratación de peritos independientes y recopilación de información respectiva para resolver, de manera objetiva, el procedimiento administrativo sancionador para investigar los hechos ocurridos en el SIN.
La resolución de la ASEP establece que las empresas AES Changuinola, S.A., AES Panamá, S.A. y ENEL Fortuna, S.A., el Centro Nacional de Despacho y ETESA deberán entregar los montos de las respectivas sanciones a las empresas distribuidoras ENSA, EDEMET y EDECHI los cuales serán traspasados a la factura de sus clientes acreditados en la república de Panamá.
De igual forma, las multas individuales a las empresas distribuidoras deberán sumarse a las fijadas a las empresas de generación, al Centro Nacional de Despacho y ETESA para ser acreditadas a la factura de los clientes.
El término para el pago y acreditamiento de la multa a los clientes, al encontrarse ejecutoriada y en firme la Resolución, tiene fuerza obligatoria inmediata, tal como dispone la Ley 38 de 31 de julio de 2000, por medio del cual se regula el procedimiento administrativo general aplicada supletoriamente a nuestros procesos sancionadores.
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