Pin Pin: 'No estamos de acuerdo con la ideología de género'
Luis Eduardo Sagel comentó que con el reciente fallo de la CSJ se robusteció a la familia y se reafirmó el rechazo a la ideología de género en Panamá.
Luis Eduardo Sagel, intérprete del payaso Pin Pin. Foto: Archivo
Luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró que no son inconstitucionales los artículos del Código de la Familia, donde se establece que el matrimonio es entre un hombre y una mujer y se prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo, Luis Eduardo Sagel (conocido como el payaso Pin Pin) aseguró que se hizo justicia, ya que se reafirma la “lucha” que llevan diferentes grupos en contra del “matrimonio gay”.
En un escrito titulado “No fue en vano la lucha de todos” Sagel explicó que la justicia llegó “después de más de siete años de lucha para evitar que en Panamá se aprobara el matrimonio igualitario o gay”.
Además, de acuerdo al intérprete de Pin Pin, la declaración de que no es inconstitucional la prohibición del matrimonio entre individuos del mismo sexo ratificó que en “Panamá el 90% no está de acuerdo con la ideología de género y toda clase de perversión que en otro país han caído ante la presión de un minúsculo grupo que quiere destruir nuestra sociedad”.
“Hoy la familia se robustece y le mandamos un mensaje bien claro a todas esas organizaciones que quieren imponer leyes que apoyan a la ideología de género y perversiones sexuales y su vocabulario de todas y todes”, escribió Sagel.
En este sentido, aseguró que seguirán en la pelea, fortaleciendo el núcleo de la sociedad, la familia, y en alerta, ya que, según él, se buscarán otros medios para promover la unión de persona del mismo sexo.
Al pie del escrito firma Sagel y se lee Movimiento Pro Rescate de Valores y La Familia.
¿Qué dijo la Corte Suprema de Justicia?
Bajo la ponencia de la magistrada María Eugenia López Arias, el Pleno de la CSJ concluyó que “las normas que disponen que el matrimonio debe concertarse voluntariamente entre un hombre y una mujer, legalmente capaces para unirse, y hacer, y compartir una vida en común, y las que de manera concomitante prohíben que contraigan matrimonio entre sí personas del mismo sexo (artículo 34, numeral 1 del Código de la Familia y 35 del Código de Derecho Internacional Privado), están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad”.
En el fallo se indica que hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental, siendo que carece de un reconocimiento convencional y constitucional.
Este fallo contó con seis votos a favor de los magistrados Carlos Alberto Vásquez Reyes, Cecilio Cedalise Riquelme, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista y Ariadne Maribel García Angulo; uno razonado del magistrado Olmedo Arrocha Osorio, y el salvamento de voto de la magistrada Angela Russo de Cedeño.
Puede leer el fallo en (https://www.organojudicial.gob.pa/noticias/pleno-de-la-csj-declara-que-no-son-inconstitucionales-articulos-del-codigo-de-la-familia).
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