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Diputado independiente propone que todos los funcionarios presenten declaración de bienes

El diputado Gabriel Silva propuso que más funcionarios muestren su declaración de bienes patrimoniales ante la Contraloría General de la República.

José Chacón - Actualizado:
El artículo 304 de la Constitución Política de Panamá exige que presidente y otros funcionarios presenten su declaración de bienes patrimoniales. Foto: Panamá América.

El artículo 304 de la Constitución Política de Panamá exige que presidente y otros funcionarios presenten su declaración de bienes patrimoniales. Foto: Panamá América.

Gabriel Silva, diputado de la bancada independiente presentó un anteproyecto que busca que otros funcionarios presenten sus declaraciones de bienes patrimoniales ante la Contraloría General de la República.

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El parlamentario del circuito 8-7 ha sugerido en su propuesta de ley que alcaldes, vicealcaldes, gobernadores, vicegobernadores, representantes, diputados y concejales también presenten su estado patrimonial.

"Cuando vemos la Constitución actual y quiénes son los sujetos que deben declarar su estado de patrimonio, vemos a presidentes, vicepresidentes, magistrados y otras figuras que tienen mucho poder político, sin embargo hacen falta funcionarios de alto calibre”, dijo Gabriel Silva.

El artíuclo 304 de la Costitución Política de Panamá señala que presidente, vicepresidente, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Procurador de la Nación y de la Administración, jueces, ministros de Estado, contralor, presidente de la Asamblea Nacional, magistrados del Tribunal Electoral, magistrados del Tribunal de Cuentas, Fiscal General Electoral, Defensor del Pueblo y directores deben entregar su declaración de bienes.

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Mientras que la Ley 59 señala que la declaración jurada de estado patrimonial debe ser presentada por el presidente, magistrados, ministros y directores, al inicio y al finalizar sus funciones, en un término de 10 días.

 

 

La norma vigente también establece que el servidor público que incumple con este requerimiento, si está en funciones, se le debe suspender el salario. Y si el incumplimiento se da al finalizar su gestión, debe ser sancionado con una multa.

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Es necesario que en la presentación de la Declaración Jurada de su estado patrimonial ante Notario Público, mencione los datos correspondientes de su estado laboral (lugar de trabajo, cargo o función,  salario bruto, fecha de ingreso).

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