Acuerdos de pena, una medida que genera desconfianza ciudadana
Alfonso Fraguela, exvicepresidente del Colegio Nacional de Abogado (CNA), indicó que si bien es cierto el Ministerio Público está actuando en atención a las disposiciones procedimentales que contempla el Sistema Penal Acusatorio (SPA), queda con esas estadisticas evindenciado que son cada vez menos casos los que llegan a un feliz termino.
Procuraduría General de la Nación. Archivo.
El Ministerio Público (MP) realizó un total de 4,164 acuerdos de pena y 3,134 suspensiones de procesos sujetos a condiciones.en los seis primeros meses de este año 2022, según datos estadísticos de está institución.
Alfonso Fraguela, exvicepresidente del Colegio Nacional de Abogado (CNA), indicó que si bien es cierto el Ministerio Público está actuando en atención a las disposiciones procedimentales que contempla el Sistema Penal Acusatorio (SPA), queda con esas estadísticas evindenciado que son cada vez menos casos los que llegan a un feliz termino.
"En ambas situaciones se buscan negociaciones para quizás, tratar de evitar tener que llegar al final de un proceso, cuando evidentemente esas actuaciones se originaron producto de una actuación de una persona natural o jurídica que fue la víctima de la actuación o actos ejecutados por la persona que está siendo procesada", expresó.
La celeridad que busca el SPA ha generado un grado de desconfianza ciudadana al considerar que en muchos de los casos hay falta de sanción, por el grado de discrecionalidad en quien actúa por parte del Ministerio Público.
"Yo siento que las investigaciones deben hacerse. Si hay méritos para enjuiciar a una persona no hay porque llegar a un acuerdo de pena, si no simple y llanamente ir a un juicio", dijo.
Aseveró que recurrir a una herramienta de un acuerdo de pena o de una suspensión del proceso, significa que las las investigaciones que puedan adelantarse no dan la certeza de la responsabilidad penal de esa persona que está siendo procesada.
Enfatizó que en consecuencia de esto, se da un grado de deficiencia en el proceso investigativo, quizás por el volumen que en un momento dado le toca manejar al Ministerio Público, lo que a todas luces refleja esa debilidad.
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"Siento que las normas procedimentales vigentes deben ser revisadas, tiene que delimitarse muy bien el tema de los que son los acuerdos de pena y la suspensión de los procesos y en todas estas instancias debe participar el ofendido, porque fue producto de este que tuvo conocimiento el Ministerio Público de un hecho", comentó.
Reiteró que lamentablemente pareciera que queda ese grado de discrecionalidad entre el Ministerio Público y el actor del hecho punible y se desconoce la beligerancia que juega la víctima en todo proceso.
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