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Restaurantes y franquicias incumplían con descuentos a jubilados

El año pasado en el mismo periodo las multas alcanzaban $46,925.00 y este año suman $103,600 por incumplimiento a la Ley 6 de junio de 1987.

Clarissa Castillo - Actualizado:

396 comercios se negaron a otorgar los descuentos a jubilados

Unos 396 comercios que se negaron a otorgar los descuentos a jubilados, pensionados y personas de la tercera edad, fueron multados por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) con $103,600 por incumplimiento a la Ley 6 de junio de 1987.

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Las multas han aumentado significativamente ya que en el mismo periodo, del año pasado las multas alcanzaban $46,925.00, debido al incumplimiento de 261 agentes económicos, que no honraron los descuentos a los jubilados.

Los restaurantes conforman históricamente la actividad económica que ha generado la mayoría de las multas y en este caso tienen 239 procesos sancionatorios, por un monto de $54,350.

Los descuentos para los jubilados son del 15% en franquicias de comidas rápidas registradas ante el Ministerio de Comercio e Industrias y Acodeco y del 25%, en los demás lugares de venta de comida preparadas con excepción de las fondas.

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Se recomienda a los consumidores beneficiarios de este tipo de incentivos, presentar su cédula o carné de jubilado o pensionado para que sea descontado del total de la cuenta.

El administrador general de la Acodeco, Oscar García Cardoze, precisó que pese a que la cifra es alta, aún algunos comercios insisten en hacer caso omiso de las mismas, pese a que la ley tiene tres décadas.

Este comportamiento ha impulsado a la institución a considerar un aumento en la multa, tal como se ha hecho en temas de publicidad y uso indebido de tanques de gas.

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El administrador de la Acodeco hizo un llamado a los comercios a cumplir con la Ley y otorgar el descuento correcto a los beneficiados.

Por otro lado, el segundo rubro que más sanciones ha generado, sobre Ley 6, incluye a 17 bancos y financieras, por $12,850.00.

En este sentido, la norma señala que para el caso de préstamos personales o comerciales a su nombre, el descuento es del 15% en la tasa de interés. Mientras que si se trata de un préstamo hipotecario (no aplica para tasas preferenciales), el beneficio es del 1%.

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