MEF y agentes retenedores del impuesto inmueble revisan reglamentación
El MEF señaló que una vez culminen estas revisiones y se realicen los ajustes acordados, éstos serán debidamente comunicados y divulgados para el conocimiento de la ciudadanía.

Las personas que deseen inscribir su propiedad como Patrimonio Familiar Tributario o vivienda principal puede ir a las oficinas de la DGI o accesando a la página web dgi.mef.gob.pa
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que mantiene comunicación con los agentes retenedores del impuesto de bien inmueble (bancos e instituciones finanieras) con el propósito de coordinar y realizar los ajustes que sean necesarios, a fin de adecuar lo contemplado en el Decreto Ejecutivo No. 362 de 29 de noviembre de 2018, que reglamenta el mecanismo de retención de impuesto de inmueble.
El MEF señaló que una vez culminen estas revisiones y se realicen los ajustes acordados, éstos serán debidamente comunicados y divulgados para el conocimiento de la ciudadanía.
Aclaró que la retención de impuesto de inmueble solamente se aplicará en los casos de segundas viviendas o propiedades dedicadas a la actividad comercial que mantengan hipoteca con los bancos. Las viviendas inscritas como principales o como patrimonio familiar no entran en este mecanismo de retención.
"El objetivo principal es llegar a un acuerdo favorable para todas las partes involucradas de manera que al final se logre establecer un mecanismo de cobro que facilite el pago de este impuesto a los contribuyentes", añadió la entidad en un comunicado.
VEA TAMBIÉN: Tarjeta Clave del Banco Nacional podrá ser utilizada para pagar el transporte público
Las personas que deseen inscribir su propiedad como Patrimonio Familiar Tributario o vivienda principal puede ir a las oficinas de la DGI o accesando a la página web dgi.mef.gob.pa