Presidente Cortizo veta proyecto sobre pago de indemnizaciones a extrabajadores del IRHE
Por inconveniente e inexequible fue vetado el proyecto de ley 150, por lo que a los trabajadores les queda pedir a los diputados que lo aprueben por insistencia que de ser así, terminaría en la Corte Suprema de Justicia.
El proyecto fue aprobado en tercer debate, el 2 de febrero del presente año. Foto: Cortesía Asamblea Nacional
Los extrabajadores del antiguo Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación (IRHE) tendrán que reclamar las liquidaciones ante la vía judicial, luego de que el presidente Laurentino Cortizo vetara el proyecto de ley que establecía el pago, por inconveniente e inexequible.
A juicio del Órgano Ejecutivo, el monto adeudado a los extrabajadores, como consecuencia del proceso de privatización del IRHE, ya fue asumido por administraciones anteriores.
Por consiguiente, en el mismo veto se determina que la reclamación “es un debate que corresponde a la esfera jurisdiccional”.
Para el Ejecutivo no queda claro el objetivo del proyecto. Si por un lado se trata de pagar pasivos laborales a extrabajadores que por alguna razón no presentaron sus solicitudes a tiempo o es un intento legislativo para corregir la fórmula utilizada en su momento por el Órgano Ejecutivo para el cálculo de las indenmizaciones.
También, considera que el Legislativo se está entrometiendo en un asunto que le compete al Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas.
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En su artículo 2, el proyecto 150 establece que el Estado pagará la liquidación adeudada a todos los extrabajadores del IRHE y sus sobrevivientes (viudas, hijos y deudos) de los fallecidos, en cheques cobrables al Tesoro Nacional.
Los extrabajadores del IRHE que protestaron varias veces frente a la Asambla exigiendo la aprobación del proyecto que fue vetado, dijeron que la deuda asciende los $280 millones a más de 4,000 beneficiarios, de los que han fallecido un promedio de 600.
Un dato interesante descrito por el Ejecutivo es que el 19 de noviembre de 2009, la Corte Suprema de Justicia condenó en abstracto al Estado panameño a indemnizar, por daños y perjuicios a 1,129 extrabajadores del desaparecido instituto, por la forma como se calcularon sus prestaciones laborales establecido en un numeral del Decreto Ejecutivo No.42 de 1998.
Lo que no se plasma en el documento es si el Estado cumplió con esa obligación.
Esto indica que este tema ya ha pasado por la esfera judicial y, al sol de hoy, todavía no se resuelven las reclamaciones de estos extrabajadores.
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