Juzgado Segundo de Circuito Penal violó los términos judiciales en caso contra Luis Cucalón
La certificación fue hecho en momentos en que los términos judiciales para realizar este tipo de diligencias están suspendidos, lo que la convierte en "ilegal", según la defensa del exfuncionario.

Luis Cucalón, exdirector de la DGI.
El Juzgado Segundo de Circuito de lo Penal violó los términos judiciales al certificar una nueva medida de detención preventiva en contra de Luis Cucalón, aplicada por la fiscal séptima anticorrupción, Leyda Saénz.
La certificación fue hecho en momentos en que los términos judiciales para realizar este tipo de diligencias están suspendidos, lo que la convierte en "ilegal", según la defensa del exfuncionario.
Esta certificación impidió que Cucalón, quien padece de diversas enfermedades pulmonares, pudiera ser enviado a su hogar a terminar de cumplir su condena para no exponerse al COVID-19.
La defensa de Cucalón cuestiona que la firma del citado documento, que fue remitido por la fiscal Saénz, no es legible, por lo que se desconoce qué funcionario del Juzgado avaló la nueva orden de detención.
La aplicación de esta nueva medida cautelar contra Cucalón llevó al abogado Carlos Carrillo a presentar ante la Corte Suprema de Justicia un habeas corpus en contra de la fiscal Saénz.
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Ayer, en el reparto realizado en la Corte, el recurso quedó arraigado en el despacho del magistrado José Ayú Prado.
Ahora el magistrado Ayú Prado debe preparar y poner a circular un proyecto de fallo entre sus colegas, quienes deben aprobarlo o rechazarlo.
En su escrito, el jurista Carlos Carrillo pide que se declare ilegal la nueva medida de detención contra Cucalón, cuyas sumarias se mantienen a órdenes del Juzgado Segundo Circuito Penal que preside el juez Johan Barrios.
Se espera que este nuevo recurso presentado a favor de Cucalón sea resuelto lo más pronto posible por la Corte Suprema, toda vez que el exfuncionario atraviesa por problemas de salud que ponen en peligro su vida.
Organismos internacionales le han pedido a los Estados que apliquen medidas para proteger a los detenidos con enfermedades crónicas o mayores de 60 años.
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