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Fiscal Superior Anticorrupción reconoce principio de especialidad de Martinelli

Daud Hasan respondió cinco cartas el pasado 21 de julio al abogado Roniel Ortíz, en representación del ex presidente, señalando que en ninguno de los casos señalados habido imputación contra Martinelli y a la vez se refirió al principio de especialidad que lo ampara.

Luis Ávila - Actualizado:
Ricardo Martinelli. Archivo.

Ricardo Martinelli. Archivo.

El fiscal superior Anticorrupción, Mahmad Daud Hasan, reconoció que el expresidente Ricardo Martinelli está amparado bajo el principio de especialidad que establece el tratado de extradición, lo que contrasta con las actuaciones de otros fiscales y jueces que han avanzado en otros procesos como parte del plan de persecución política contra el ex mandatario.

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Daud Hasan respondió cinco cartas el pasado 21 de julio al abogado Roniel Ortíz, en representación del expresidente, señalando que en ninguno de los casos señalados habido imputación contra Martinelli y a la vez se refirió al principio de especialidad que lo ampara.

“Lo anterior, sin menoscabo que no se ha pedido excepción al principio de especialidad”, resaltó Daud Hasan en las notas dirigidas al abogado de Martinelli, Roniel Ortíz.

Los abogados de Martinelli han denunciado la supuesta interferencia del vicepresidente José Gabriel Carrizo en el sistema judicial para mantener la persecución política del ex presidente, quien sigue liderando de manera absoluta la preferencia presidencial para las elecciones de 2024.

El abogado Roniel Ortiz, quien indicó que recientemente recibió una certificación de la Cancillería, en la cual se le indicó que Martinelli mantiene vigente la especialidad desde el 11 de junio de 2018, día en que entró a la República de Panamá.

Esto se suma a otros fallos y decisiones de autoridades judiciales que han señalado que el mismo mantiene vigente la especialidad, algo que incluso reconoció el polémico exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jerónimo Mejía.

También está un falló de el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial negando la acción de amparo de garantías constitucionales presentado por la fiscal superior anticorrupción, Azucena Aizprúa, contra lo ordenado por la juez de garantía, Karolina Santamaría, quien en una audiencia de control de afectación reconoció el principio de especialidad al exmandatario.

Igualmente el pleno de la Corte Suprema de Justicia certificó que el exgobernante está amparado por el principio de especialidad establecido en el tratado de extradición firmado en 1904 entre Panamá y Estados Unidos, por lo que no puede ser encausado o juzgado por un caso diferente al de los llamados pinchazos telefónicos, procesos que aún no está en firme.

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El fallo, notificado por edicto, establece claramente que el principio de especialidad a favor de Martinelli "alude a la prohibición para acusar, enjuiciar o castigar a una persona por un delito distinto por el que fue extraditado", en este caso el expresidente panameño. 

Esto, contenido en el Artículo 8 de la Ley 75 de 14 de junio de 1904, resaltó el fallo de la Corte. 

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