¿Ya recibiste tu décimo? Aquí te damos algunas recomendaciones para saber cómo gastarlo
La empresa privada pagará un aproximado de $230 millones de dólares, según estimaciones de la Contraloría General de la República elaboradas considerando los montos de sueldos pagados por el sector privado.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) realiza operativos de veracidad de la publicidad. Foto/Cortesía
Con el pago de la segunda partida del décimo tercer mes del año en el sector privado, se espera que la economía se reactive durante este fin de semana, razón por la cual las autoridades hacen un llamado a los consumidores y le piden tomar precauciones.
La empresa privada pagará un aproximado de $230 millones de dólares, según estimaciones de la Contraloría General de la República elaboradas considerando los montos de sueldos pagados por el sector privado.
Algunas de las recomendaciones que deben tomar en cuenta los consumidores para gastar su décimo tercer mes están: hacer un presupuesto de lo que va a gastar antes de ir al comercio, hacer el pago de forma electrónica, tener cuidado cuando va en el bus, si retira dinero del cajero automático que sea el justo y dentro de un centro comercial para evitar algún robo.
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La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) realiza operativos de veracidad de la publicidad ante el pago de la segunda partida décimo tercer mes en 2019 en distintos comercios.
Ana Espino, Jefa de Veracidad de la Acodeco señaló que el objetivo es que los comercios cumplan en su publicidad con la información de la fecha de duración o las cantidades a ofertar, las condiciones o restricciones (si la venta era total o parcial), así como el porcentaje de descuento ó el precio regular y el precio de oferta.
Agregó que se han verificado aproximadamente más de 550 comercios a nivel nacional
Como calcular el pago del décimo
El décimo tercer mes es un salario adicional al año que reciben todos los trabajadores y se divide en tres partes iguales.
Para las personas que devenga un salario fijo este sueldo adicional lo recibirán el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre de cada año.
Por ejemplo, a una persona que gana $600 mensuales le toca un décimo de $185, porque se le descuenta el Seguro Social (7.25%). Mientras que un trabajador que devenga un salario mensual de 1,200, el cual se le descuenta Seguro Social e Impuesto Sobre la Renta (ISR) recibe una partida de $317.93.
Sin embargo, para los trabajadores que tienen un salario variable se utiliza la siguiente matemática: Para la última partida que se paga en el mes de diciembre se suma los salarios recibidos del 30 de agosto al 15 de diciembre y luego se divide entre 12 y el resultado es lo que le toca al empleador.
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Mientras que para la primera y segunda partida que se paga el 15 de abril y 15 de agosto, se hace la misma matemática lo único que se suma son los salarios devengados del 30 de diciembre al 15 de abril y 30 de abril al 15 de agosto, respectivamente.
El décimo tercer mes es un salario adicional al año que se divide en tres partes iguales, el cual fue aprobado mediante el Decreto de Gabinete No. 221, del 18 de noviembre de 1971. En ese decreto se estableció el desembolso del décimo tercer mes, pagadero en tres partidas proporcionales, el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre de cada año.