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¡Oficial! Gobierno regula por seis meses los precios de la gasolina y el diésel

En Gaceta Oficial también se publicó el Decreto Ejecutivo No. 459 del 22 de noviembre de 2021, que regula por seis meses, el precio del gas licuado de petróleo en cilindros de 25 libras (11.34 kilogramos).

Redacción/ economia.pa@epasa.com.pa/ @panamaamerica - Actualizado:

Regulan preciso del combustible. Foto: Archivos

Gobierno regula por seis meses, prorrogables, los precios máximos de venta al público de la gasolina y el diésel.

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La medida aplica para la gasolina de 91 octanos, la gasolina de 95 octanos y el diésel bajo en azufre,  en 18 localidades, entre estos: Panamá, Colón, Arraiján, La Chorrera, Antón, Penonomé, Aguadulce, Divisa, Chitré, Las Tablas y Santiago.

Igualmente, incluye las localidades de David, Frontera, Boquete, Volcán, Cerro Punta, Puerto Armuelles y Changuinola, según lo establece el Decreto Ejecutivo No. 460 de 22 de noviembre de 2021, que regula los precios máximos de venta al público de algunos combustibles líquidos en la República de Panamá, publicado este lunes en Gaceta Oficial. 

La medida llega, luego que a principios del mes de noviembre, el Gobierno llegara a un acuerdo con algunos sectores del transporte público que amenazaban con un paro nacional, debido al alto costo de los precios del combustible. 

Corresponderá a la Secretaría Nacional de Energía determinar el cumplimiento, los precios máximos de venta al público específico de cada combustible en cada localidad, y la actualización de los precios cada 14 días calendarios en función de las variaciones que experimenten los precios de paridad de importación respectivamente, y la estimación de los costos de flete y márgenes razonables de comercialización.

En tanto, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ejecutará y velará por el fiel cumplimiento del Decreto Ejecutivo. Así mismo, Acodeco aplicará las sanciones a los agentes económicos que incumplan con el mismo.

Las medidas adoptadas mediante el presente Decreto Ejecutivo, son de carácter provisional, hasta tanto el comportamiento de los precios de los combustibles líquidos permitan la desregularización de los mismos.

La medida excluye las marinas cuya actividad secundaria sea la venta de combustible a yates y veleros privados.

VEA TAMBIÉN: Aumento en costo de insumos y flete impactará a los agroexportadores

El Decreto Ejecutivo No. 460 de 22 de noviembre de 2021, se fundamenta en el artículo de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007 que faculta al Órgano Ejecutivo para formular y reglamentar las políticas de regulación de precios, fijando temporalmente los precios de determinados bienes y servicios.

El Ejecutivo consideró necesaria la regulación de los precios máximos de ventas al público de algunos combustibles líquidos, debido a que sigue existiendo distorsiones en el mercado de combustibles. "Además en este caso, se justifica establecerlo a nivel minorista en función de los importantes niveles de integración vertical, que se dan en este mercado. En adición, resulta inconveniente que esta regulación se desarrolle a través de mecanismos ágiles que garanticen en todo momento la protección efectiva de los consumidores", señala el documento. 

En Gaceta Oficial también se publicó el Decreto Ejecutivo No. 459 del 22 de noviembre de 2021, que regula por seis meses, el precio del gas licuado de petróleo en cilindros de 25 libras (11.34 kilogramos).

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