Hasta 3 meses habrá que esperar por aprobación de patrimonio familiar
"La decisión, beneficia al contribuyente, si ante el Silencio Administrativo, es decir si la DGI no responde dentro de tres meses, de acuerdo a la Ley 66 del 17 de octubre del 2017", manifestó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
- Yessika Valdes
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- - Actualizado: 08/12/2018 - 12:54 pm
En un plazo no mayor de tres meses el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobará o rechazará la solicitud del contribuyente que quiera inscribir su propiedad como Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal.
"La decisión, beneficia al contribuyente, si ante el Silencio Administrativo, es decir si la DGI no responde dentro de tres meses, de acuerdo a la Ley 66 del 17 de octubre del 2017", manifestó el MEF a través de un comunicado de prensa.
Agregó que cualquier propietario o contribuyente puede escoger cualquier periodo de vida del bien inmueble para realizar este trámite.
Procedimiento para amparar su propiedad bajo la Ley de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal:
1. Ingrese a nuestra página dgi.mef.gob.pa, seleccione DGI en línea.
2. Inicie Sesión: Coloque su número de RUC y su NIT
3. En la pantalla principal entre a Inmueble (identificado con un ícono de edificio) y escoja Solicitud de Patrimonio Familiar Tributario (PFT) o Vivienda Principal (VP)
4. Llene los campos obligatorios marcados con asterisco
5. Presente su solicitud
6. Adjuntar los documentos solicitados.
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Cabe mencionar que la Dirección General de Ingresos extenderá su horario a partir del 10 de diciembre 7:00 a.m. a 7:00 p.m. para atender a los contribuyentes que deseen realizar sus trámites para constituir sus inmuebles Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal, al igual que habilitarán los sábados 15, 22 y 29 de diciembre en horarios de 8:30 a.m. a 12 mediodía.
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