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Apuro de Porcell es para proteger a los allegados

Actualizado 2017/03/02 16:34:20
  • Dayra Rodríguez
  •   /  
  • drodriguez@epasa.com
  •   /  
  • @aryad19

La procuradora Kenia Porcell hizo un llamado a los involucrados en el caso Odebrecht para que puedan beneficiarse con la delación premiada antes de junio.

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A consideración del abogado Miguel Antonio Bernal, esto no se está manejando con criterio jurídico, sino con criterio político en beneficio al gobierno de turno /Foto Archivo

A consideración del abogado Miguel Antonio Bernal, esto no se está manejando con criterio jurídico, sino con criterio político en beneficio al gobierno de turno /Foto Archivo

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Con el hecho de poner fecha límite a quienes pudieran beneficiarse con la Ley 4 sobre delación premiada, la procuradora Kenia Porcell se estaría extralimitando en sus funciones y, de paso, protegiendo a figuras importantes.

Según el abogado Miguel Antonio Bernal, la jefa del Ministerio Público (MP) también viola la Constitución, tras urgir a los pontenciales beneficiarios de la ley a que se presenten antes del 1 de junio a proporcionar información sobre el escándalo de sobornos relacionado con la empresa Odebrecht.

Tras su regreso de Brasil, en donde se reunió con fiscales de la región que investigan los casos sobre Odebrecht y Lava Jato, Porcell advirtió a los involucrados en Panamá que para poder beneficiarse con la Ley 4 debe proceder antes del mes de junio, ya que una vez obtenida toda la información desde Brasil ya no podrían beneficiarse.

A juicio de Bernal, el MP se está manejando no con criterios que deben guiar la seguridad ciudadana y la jurídica, sino con aquellos consistentes en buscar la protección de las personas que están en el Gobierno.

"Responde al interés de proteger a delincuentes de cuello blanco y particularmente a altos funcionarios de distintos gobiernos desde el 2006 hasta la fecha", aseguró.

Explicó el abogado que así como Odebrecht hacía los pliegos para las licitaciones en las que iba a concursar para garantizarse así poder, no solo ganarla, sino poner el sobreprecio para pagar las coimas, este artículo mal llamado de la delación premiada ha sido elaborado por los abogados de la constructora brasileña y fue entregado a las autoridades panameñas para que les protejan a sus funcionarios y a las personas que ellos coimearon.

Según el catedrático, esta empresa le dijo al MP: "aquí tiene sus 59 millones de dólares, presente eso para liberar".'

Exdirector del PAN, Rafael Guardia es beneficiado con país por cárcel

El juez quinto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá sustituyó la detención preventiva por la aplicación de una medida cautelar a favor de Rafael Gustavo Guardia Jaén, de país por cárcel en el caso de los instrumentos musicales del Ministerio de Educación (Meduca) que fueron comprados a través del programa de Ayuda Nacional (PAN). 

Víctor Orobio, defensa del exdirector del PAN, explicó que también el juez décimo quinto le otorgó igual medida en el resto de los expedientes que maneja de Guardia.  

Amplió que en todos los expedientes en los que está vinculado su cliente se le ha sustituido la detención preventiva por una medida más amplia. 

"Tenemos voluntad de colaborar y de ser compensados, queremos colaborar con el Ministerio Público, me reuní con los fiscales", sostuvo el jurista.

Advirtió que negociar con los directivos de Odebrecht es todo un delito, ya que se da una fragante violación de la Constitución, la ley, el debido proceso, la presunción de inocencia y las disposiciones penales existente en el país.

"Esto no se está manejando con criterio jurídico, sino con criterio político en beneficio del gobierno de turno", reafirmó.

Considera que es un artículo que va a promover el tráfico de influencia de parte de determinados abogado conocidos como la taquilla, que son los que están haciendo dinero gracias a las facilidades que les están brindando las fiscalías y el Ministerio Público.

En tanto, el abogado Ernesto Cedeño alegó que esta Ley 4 de delación premiada es para todos los casos.

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Detalló que esto aplica dos principios, el acuerdo de pena, cuando no hay sentencia y la colaboración eficaz para los procesos, antes de que estuviese en vigencia el Sistema Penal Acusatorio.

"Cuando está vigente el SPA se aplica el artículo 220 del Código Procesal Penal, es decir, para todos los casos", dijo.

Cedeño amplió que esto no quiere decir que si después del 1 de junio el fiscal anticorrupción considera que hay información valiosa sobre Odebrecht, para evitar otro delito o para saber otros partícipes que no han estado en la declaración de Brasil, puede llegarse a un acuerdo.

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